Chile actualiza la norma de ruido para fuentes fijas: conozca los cambios y nuevos límites

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El Ministerio del Medio Ambiente oficializó el reglamento que reemplaza a la normativa de 2011. El nuevo decreto busca modernizar el control de la contaminación acústica, mejorar la protección en zonas rurales y agilizar la fiscalización municipal.

Tras su publicación en el Diario Oficial, el Gobierno puso en marcha la nueva Norma de Emisión de Ruido para Fuentes Fijas. Esta regulación aplica a actividades industriales, comerciales, talleres y centros de eventos que generen impacto acústico en la comunidad, dejando fuera los ruidos domésticos o de la vía pública.

Ajustes en límites y zonas

La normativa establece máximos de decibeles (dBA) según el uso de suelo y horario (diurno de 7:00 a 21:00 y nocturno el resto del tiempo):

  • Zonas residenciales: se mantiene un límite estricto de 55 dBA de día y 45 dBA de noche.
  • Zonas industriales: el límite permitido llega hasta los 70 dBA.
  • Áreas rurales: se introducen criterios técnicos específicos para proteger la tranquilidad del campo, reduciendo la incertidumbre en las mediciones fuera del radio urbano.

Fiscalización y buenas prácticas

Uno de los pilares de este cambio es el fortalecimiento de la fiscalización. Dado que el ruido es una de las mayores causas de denuncias ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), se han establecido convenios para que los municipios apoyen directamente en las labores de medición y control. Además, se exigirán planes de “buenas prácticas” a rubros críticos como la construcción y locales de ocio nocturno.

Instrucciones generales y protocolos

La Superintendencia del Medio Ambiente deberá dictar instrucciones generales con recomendaciones para el diseño de un plan de condiciones de operación donde se establezcan medidas de gestión, control y mitigaciones para faenas constructivas y locales de esparcimiento nocturno correspondientes a discotecas y pubs.

Asimismo, la SMA elaborará etiquetas específicas de medición y predicción de ruido necesarios para verificar el cumplimiento del DS 14/2024, debiendo establecer, a lo menos, protocolos específicos para fuentes fijas generales, parques eólicos e infraestructura de transmisión o transporte de energía.

Plazos de implementación

La nueva norma entrará en vigencia general en un plazo de 30 meses. Sin embargo, para aquellos proyectos nuevos que ingresen al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), la exigencia comenzará a regir en 18 meses. Durante este periodo de transición, seguirá operando el actual Decreto Supremo N° 38.

Para mayor información copie y pegue el siguiente enlace en su ordenador: chrome-extension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2026/02/27/44387/01/2775000.pdf