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Creación del SBAP: esta semana se ingresan los primeros reglamentos a consulta pública a 10 meses de vigencia de la ley

Tras la publicación del primero de tres decretos en marzo, ahora vienen dos documentos, relativos a planes de recuperación y gestión de especies, y al comité científico asesor del nuevo servicio.

Tras 12 años de tramitación, el 14 de junio del año pasado el Congreso despachó la Ley para la Naturaleza, que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), el cual representa el último componente pendiente en la institucionalidad ambiental chilena, siendo promulgada el 21 de agosto y publicada el 6 de septiembre. A casi un año de su entrada en vigencia, la implementación está en marcha y ya se aproximan pasos clave.

El primer movimiento se dio el 9 de marzo pasado con la emisión del primer Decreto con Fuerza de Ley (DFL) que fija la planta de directivos del servicio, y regula otras materias a las que se refiere el artículo primero transitorio de la ley 21.600. Y, el 23 de abril de este año, el Presidente de la República nombró a la asistente social y Magíster en Asentamientos Humanos y Medio Ambiente de la PUC, Patricia Ibáñez Crino, como la primera directora nacional del SBAP, cumpliendo así con una de sus etapas fundacionales.

El Gobierno está trabajando paralelamente en dos aspectos: primero, en la instalación del servicio propiamente tal y, segundo, en los aspectos jurídicos necesarios para su entrada en funcionamiento. Sobre lo primero, las principales tareas implican generar las condiciones administrativas, presupuestarias y de diseño organizacional, a través -por ejemplo- de la elaboración de los DFL que establecen las bases para la fundación del SBAP.

De hecho, el decreto ya publicado es uno de los tres que deben ser emitidos. Pero, además, deben emanar más de 10 reglamentos sobre biodiversidad y otros tres reglamentos de organización interna y laboral. Consultada, la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, adelantó a DF que esta semana ingresan los dos primeros reglamentos a consulta pública: el de planes de recuperación y gestión de especies, y el del comité científico asesor del nuevo servicio.

‘Este último punto es muy relevante, porque este es un servicio que nace en 2024, es decir, estamos trabajando para que sea moderno, diligente y que se acompañe de la mejor ciencia disponible para la toma de decisiones’, enfatizó.

Rojas también precisó que ‘hay que considerar que este servicio se sustentará en directivos seleccionados por Alta Dirección Pública, es decir, perfiles ejecutivos altamente calificados. En esa línea, prevén tener este año los primeros concursos para cargos clave a nivel nacional y regional del servicio, así como las primeras compras públicas para su instalación. ‘Comprendemos que es importante demostrar concretamente que este servicio es ágil, moderno y con buena gestión’, dijo.

En el camino de implementación, recalcó que ‘hoy no existen atrasos y que la ley contempla una serie de plazos para diferentes procesos’. Para septiembre de 2024, todos los decretos con fuerza de ley debieran estar emitidos. El próximo año se cumple el plazo legal para tener aprobados los reglamentos y el decreto de Sitios Prioritarios. Y hay un plazo de cinco años para la homologación de áreas protegidas.

El avance, según expertos
El socio de Moreno Sáez y Avilés, Emanuel Ibarra, señaló que la ley determinó que debe dictarse un gran número de reglamentos, lo que implica bastante trabajo para el Ministerio del Medio ambiente. ‘En ese contexto, se deben evitar los atrasos para que no ocurra lo sucedido con la Ley de Plásticos y Productos de un Solo Uso. También serán claves los criterios que comience a entregar el servicio en temas relevantes como las definiciones acerca del artículo 41 de la ley (humedales que son sitios prioritarios), porque ello será fundamental en la estrategia del litio’, advirtió.

Mientras, el socio a cargo del área ambiental en el Estudio Fermandois, Ignacio Urbina, comentó: ‘Estos procesos toman tiempo. Por ejemplo, cuando se creó la SMA, en 2010, transcurrieron cerca de 10 meses para la designación del primer superintendente, y entre dos y tres años para la dictación de los reglamentos más importantes. Comparando, el SBAP está teniendo una implementación dentro de los plazos esperables’.