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Fumigación mató a 15 millones de abejas de 187 colmenas en Mariquina y Suprema ordena reponerlas

La Corte Suprema falló a favor de un grupo de apicultores, tras la muerte masiva de sus abejas por la aplicación de productos químicos en un campo vecino. El tribunal ordenó la restauración de las colmenas afectadas y subrayó la importancia de proteger a las abejas por su rol fundamental en la biodiversidad.

Desde el año 2009, un grupo de apicultores se ha dedicado al cuidado de abejas y la producción de miel.

Según ellos, el 8 de octubre de 2015, el dueño de un predio vecino se acercó para advertirles que al día siguiente aplicaría productos químicos a sus plantaciones, pidiéndoles que taparan sus colmenas para protegerlas.

Sin embargo, la fumigación no se realizó el 9 de octubre, como había sido acordado, sino el día 10, cuando los apicultores ya habían destapado las colmenas.

Ante esto, trataron de contactar al vecino para que suspendiera la fumigación, pero no lograron detenerla.

Como resultado, todas las abejas de las 187 colmenas que tenían murieron, sumando alrededor de 80.000 ejemplares por colmena.

Esto significó la pérdida total de la miel y los subproductos generados por el apiario. Al darse cuenta de la magnitud del daño, los apicultores denunciaron el hecho al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG).

Luego de una inspección, los funcionarios del SAG confirmaron la muerte de las abejas y levantaron un acta que dio lugar a un proceso sancionador.

Finalmente, el demandado fue multado con 5 UTM ($ 331.810) y se le confiscaron los envases vacíos del químico utilizado, por infringir varias normas de protección agrícola.

Además del impacto económico, los apicultores enfatizaron el daño a la biodiversidad, ya que las abejas son esenciales para la polinización, un proceso clave para la agricultura y la naturaleza.

También subrayaron que la masiva aplicación de productos químicos representa una amenaza grave para esta especie.

Por ello, solicitaron que se declarara la existencia de daño ambiental, basándose en la Ley N°19.300, y que se ordenara al vecino la restauración de todas las colmenas perdidas.

Por su parte, el demandado explicó que fue contratado, junto con otros dueños de terrenos, para fumigar un campo de 33 hectáreas dedicado al cultivo de canola el 9 de octubre.

Afirmó que, en consideración a la actividad apícola de sus vecinos, les avisó con antelación para que protegieran sus colmenas.

Cuando la fumigación fue reprogramada para el día 10, aseguró que informó de esta modificación por teléfono a uno de los apicultores.

Además, el demandado señaló que utilizó una mezcla de fungicida y boro, descartando el uso de pesticidas, por lo que, según él, la muerte de las abejas pudo haber sido causada por otras razones.

También cuestionó el número de colmenas afectadas, argumentando que no superaban las 60, y que cada una contenía aproximadamente 30.000 abejas.

Tras analizar el caso, la Corte Suprema determinó que la muerte de las abejas constituye un daño ambiental significativo, no solo por el impacto inmediato en la producción de miel, sino también por el papel esencial que las abejas desempeñan en la polinización y la conservación de los ecosistemas.

En su fallo, la Corte destacó la importancia de proteger a esta especie, especialmente en un contexto donde su población ya está amenazada por diversas causas.

La Corte también señaló que el daño ambiental no debe medirse únicamente en términos numéricos, sino por su impacto a largo plazo en el medio ambiente.

Finalmente, la Corte Suprema ordenó la reposición de las 187 colmenas perdidas, subrayando la responsabilidad del demandado en la restauración del equilibrio ecológico afectado.