Caso Sondajes: Suprema falló a favor del municipio de Putaendo ratificando legitimación para reclamar ante resolución ambiental
La Tercera Sala de la Corte Suprema, integrada por los Ministros(as) Sra. Ángela Vivanco, Sr. Mario Carroza y Sra. María Cristina Gajardo y por las Abogadas Integrantes Sra. Leonor Etcheberry y Sra. María Angélica Benavides, dictó un fallo que deja firme lo dispuesto en su oportunidad por el Segundo Tribunal Ambiental que reconoció, en el mes de octubre de 2022, que el municipio tiene derecho a presentar reclamaciones a la resolución de calificación ambiental que aprobó el proyecto de sondajes mineros de la canadiense Andes Copper.
De acuerdo a lo expresado por el alcalde Mauricio Quiroz, “este fallo es de enorme trascendencia no solo para Putaendo, sino para todos los municipios de Chile, en tanto reconoce nuestro derecho a interponer recursos de reclamación en materia ambiental”.
En lo fundamental, la Corte Suprema indica que “no puede negarse a los municipios el acceso a la justicia ambiental en proyectos que incidan en la calidad de vida de la comunidad local, pues ellos son garantes en su territorio del desarrollo integral que incluye la protección de la salud y del medio ambiente dentro de la comuna, como así también la debida observancia de las normas urbanísticas. Dicho de otra manera, no corresponde realizar una interpretación restrictiva que limite la participación de las municipalidades en el procedimiento de evaluación ambiental, puesto que, a su respecto, se aprecia una forma de participación que atiende a un rol distinto y mucho más amplio que el de otros órganos de la Administración del Estado”, concluye el máximo tribunal de justicia del país.
Cabe recordar que fue el Servicio de Evaluación Ambiental quien recurrió a la Corte Suprema desconociendo lo resuelto en su oportunidad por el Segundo Tribunal Ambiental.
Concluida esta larga etapa de alegatos y pronunciamientos, “esperamos que el Servicio de Evaluación Ambiental responda a las reclamaciones que hemos formulado y revise, en los temas de fondo, la Resolución de Calificación Ambiental, porque como hemos sostenido en otras oportunidades, acá nunca debió aprobarse este proyecto de sondajes mineros a través de una simple Declaración de Impacto Ambiental”, indicó el alcalde Quiroz.
De acuerdo a lo expresado por el alcalde Mauricio Quiroz, “este fallo es de enorme trascendencia no solo para Putaendo, sino para todos los municipios de Chile, en tanto reconoce nuestro derecho a interponer recursos de reclamación en materia ambiental”.
En lo fundamental, la Corte Suprema indica que “no puede negarse a los municipios el acceso a la justicia ambiental en proyectos que incidan en la calidad de vida de la comunidad local, pues ellos son garantes en su territorio del desarrollo integral que incluye la protección de la salud y del medio ambiente dentro de la comuna, como así también la debida observancia de las normas urbanísticas. Dicho de otra manera, no corresponde realizar una interpretación restrictiva que limite la participación de las municipalidades en el procedimiento de evaluación ambiental, puesto que, a su respecto, se aprecia una forma de participación que atiende a un rol distinto y mucho más amplio que el de otros órganos de la Administración del Estado”, concluye el máximo tribunal de justicia del país.
Cabe recordar que fue el Servicio de Evaluación Ambiental quien recurrió a la Corte Suprema desconociendo lo resuelto en su oportunidad por el Segundo Tribunal Ambiental.
Concluida esta larga etapa de alegatos y pronunciamientos, “esperamos que el Servicio de Evaluación Ambiental responda a las reclamaciones que hemos formulado y revise, en los temas de fondo, la Resolución de Calificación Ambiental, porque como hemos sostenido en otras oportunidades, acá nunca debió aprobarse este proyecto de sondajes mineros a través de una simple Declaración de Impacto Ambiental”, indicó el alcalde Quiroz.